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Para el IGEC, con recursos por $155.500 millones y como un apoyo directo al precio, se entregarán hasta $30 mil por carga de café pergamino seco (cps) cuando el precio interno de refencia publicado por la Federación de Cafeteros esté por debajo de $715 mil la carga de 125 kg. · Y el Programa de Renovación de Cafetales 2019 entregará recursos por $12.512 millones a razón de $170 en fertilizantes edáficos por cada sitio renovado por siembra o zoca. Con este programa se espera incentivar la renovación de aproximadamente 70 millones de árboles.  Bogotá, abril 9 de 2019 (Prensa FNC) – Como un apoyo directo al precio interno pagado al productor, el Gobierno Nacional puso en marcha el programa Incentivo Gubernamental para la Equidad Cafetera (IGEC) 2019. 

Con este esquema se ejecutarán recursos por $155.500 millones como un apoyo directo a los productores de hasta $30 mil por carga de café pergamino seco (cps), siempre y cuando el precio interno del café publicado por la Federación Nacional de Cafeteros (FNC) esté por debajo de los $715 mil por carga de 125 kg. La entrega del apoyo, aplica desde el viernes 5 de abril y estará vigente hasta el 31 de diciembre del año en curso o hasta agotar los recursos destinados para tal fin. 

 Y dado que para la economía del país y el gremio es fundamental mantener la productividad y tecnificación de la caficultura, el Comité Nacional de Cafeteros aprobó poner en marcha inmediatamente un Programa de Renovación de Cafetales para la vigencia 2019 con recursos por $12.512 millones, a razón del equivalente a $170 en fertilizantes edáficos (de uso en la caficultura colombiana) por cada sitio renovado, ya sea por siembra o zoca.

 Quiénes pueden acceder al IGEC 2019 Podrán beneficiarse del apoyo que otorga el IGEC 2019 los productores de café registrados y activos en el Sistema de Información Cafetera (SICA) al 31 de diciembre de 2018 y que realicen las ventas de café ante los compradores autorizados, soportadas en facturas o documentos equivalentes, durante la vigencia del IGEC 2019. 

 El hecho generador del incentivo es la compra-venta física de café entre productores y compradores autorizados. Para las ventas con entrega futura, el incentivo se generará en la fecha de entrega física, siempre y cuando el IGEC 2019 siga vigente en ese momento. El valor del incentivo se determinará diariamente por la Federación una vez cierre la Bolsa ICE de Nueva York, que corresponderá a la diferencia que resulte entre el activador del IGEC y el precio de referencia por carga de 125 kg de cps (humedad 10%-12%) o su equivalente en café cereza, pergamino húmedo, excelso, Producto de Colombia o café tostado. En ningún caso el valor del incentivo será superior a $30.000 por carga de cps o su equivalente en otros tipos de café.  No serán objeto del incentivo las operaciones de compra-venta de pasillas que realicen los productores en razón de la heterogeneidad en los factores de conversión a café pergamino seco. El soporte para el pago del incentivo únicamente será la factura de venta expedida por el productor de café obligado a facturar o el documento equivalente a la factura, expedido por el comprador autorizado, cuando el productor no esté obligado a expedir factura de venta.  

El incentivo se pagará directamente al productor mediante abono a la Cédula o Tarjeta Cafetera Inteligente o trasferencia bancaria, previa verificación de las condiciones establecidas en las resoluciones y el respectivo Reglamento Operativo del Incentivo. El pago se hará en orden de registro de las facturas o documentos equivalentes por parte de los compradores autorizados, que hayan cumplido con los requisitos y condiciones señalados hasta agotar los recursos.

Esto es, primero registrado y verificado, primero pagado.  Quiénes podrán ser compradores autorizados IGEC 2019 Serán compradores autorizados los agentes del mercado interno, que voluntariamente quieran hacer parte de la ejecución del IGEC 2019 registrándose y cumpliendo con los requisitos y las condiciones señaladas en el Reglamento Operativo del Programa. Los compradores autorizados que fueron registrados para el IGEC – 2018, deberán expresar su voluntad de seguir haciendo parte del IGEC – 2019, diligenciando los formatos definidos para tal efecto y que estarán disponibles en la página www.federaciondecafeteros.org Cómo ser beneficiario del programa de renovación de cafetales Por otra parte, los cafeteros interesados en participar del Programa de Renovación de Cafetales se deben inscribir en los Comités de Cafeteros bajo la premisa de primero atendido, primero servido, hasta el agotamiento de los recursos. Por su parte, el Servicio de Extensión realizará las respectivas verificaciones de la renovación para proceder a depositarles, vía la cédula cafetera, o a través de órdenes de entrega, el monto correspondiente a cada caficultor. 

Para ser beneficiario del programa se requiere: ü Ser caficultor activo y tanto este como su finca haber estado registrado en el SICA el 31 de diciembre de 2018. ü Haber renovado, a partir del 1° de enero de 2019, mínimo 500 plantas por lote cafetero.  ü La renovación de los cultivos de café debe hacerse mediante renovación por siembra, con variedades resistentes a la roya recomendadas por la Federación, o por renovación por zoca convencional, pulmón o calavera, siempre y cuando se cumplan los parámetros indicados por Cenicafé.  ü A caficultores que tengan hasta 5 hectáreas como área total en café se les otorgará incentivo por renovación hasta por 0,5 ha en café.  ü A caficultores que tengan más de 5 y hasta 10 hectáreas en café se les otorgará incentivo hasta por una hectárea renovada, sin exceder el 10% del área total en café. 

A caficultores que tengan más de 10 y hasta 20 hectáreas en café se les otorgará incentivo hasta por dos hectáreas renovadas, sin exceder el 10% del área total en café.  ü A caficultores que tengan más de 20 hectáreas en café se les otorgará incentivo hasta por dos hectáreas renovadas. 

La densidad de siembra mínima aceptada será de 2.500 sitios por hectárea y la máxima de 10.000 sitios por hectárea.  ü No se aceptan lotes renovados durante los años 2018 y 2019 bajo la ejecución de programas de crédito con acceso a ICR y LEC.

La edad del lote antes de la labor de renovación deberá ser mayor a 54 meses. ü Si la renovación por siembra implica el cambio de una variedad susceptible a una resistente a la roya, no hay condición de edad de la plantación para acceder al incentivo. 

No se aceptan lotes que hayan hecho parte de programas de renovación o reactivación de la caficultura financiados con recursos del Fondo Nacional del Café durante los años 2016, 2017 y 2018.

No se aceptan lotes que hayan sido objeto de programas de renovación de cada una de las dependencias que sean financiados con recursos del Presupuesto General de la Nación.